Derechos para Dependientes de Miembros Activos del Servicio Militar Victimas de Violencia Sexual Militar

English version

Esta sección aplica a usted si se encuentra dentro de estas descripciones:

  • Usted es un adulto dependiente de un miembro activo del servicio militar (i.e. cónyuge, hijo/a >18 años de edad).

Y

  • Usted ha sufrido violencia sexual perpetuado por un miembro del servicio militar en cualquier punto durante el periodo activo del servicio del agresor.

Usted tiene los siguientes derechos:

Sus derechos durante el proceso de hacer un reporte:

  1. Usted tiene el derecho de elegir reportar a las autoridades militares o civiles.Puede elegir reportar a cualquiera de las dos jurisdicciones, no importa cual crimen se haya cometido. Sin embargo, la jurisdicción es últimamente determinada por el ejército y las autoridades civiles.[1] Si usted decide reportar a las autoridades civiles, puede encontrar mas información sobre sus derechos en ese sistema en nuestra pagina: Recursos para Victimas Civiles de Abuso Sexual. 
  2. Usted tiene el derecho a elegir si hacer un reporte Restringido o No Restringido.
    1. Un Reporte Restringido no genera una investigación sobre el incidente. Usted todavía tiene el derecho a acceder a tratamientos de salud medica y a recibir servicio de un SARC y/o SAPR VA. Un Reporte Restringido puede convertirse en un Reporte No Restringido en cualquier momento. Para hacer un Reporte Restringido, SOLO puede reportar a:
      1. Un defensor de victimas SARC/SAPR
      2. Un profesional de salud militar[2]
    2. Un Reporte No Restringido abre una investigacion sobre el incidente, permitiendo acceder a tratamiento de salud medicam y recibir servicios de un Coordinador de Respuesta a Acoso Sexual (SARC) y/o Defensor de Victimas y Prevencion de Acoso Sexual (SAPR VA). Cuando el comandante recibe este reporte, ellos deben inmediatamente referir el caso a la agencia de investigación apropiada del servicio correspondiente (CID, NCID, or OSI) y no pueden hacer una investigación interna. Un Reporte No Restringido no puede convertirse en un Reporte Restringido. Para hacer un Reporte No Restringido, puede reportar a:
      1. Un defensor de víctimas SARC/SAPR[3]
      2. Organismos civiles policiales 
      3.  Organismos de seguridad del Departamento de Defensa
      4.  El comando de su cónyuge/padre/madre
    3. Ya sea si elige hacer un Reporte Restringido o No Restringido , su historial médico se mantendrá confidencial.[4]
  3. Usted tiene el derecho a presentarse con un Coordinador de Respuesta a Acoso Sexual (SARC) o un Defensor de Victimas y Prevención de Acoso Sexual (SAPR VA) quien va a ser su punto de contacto para coordinar su cuidado. Puede solicitar que su SARC/SAPR VA esté presente cuando las autoridades policiales o el fiscal militar lo entrevisten.[5]
  4. Usted tiene el derecho a un tratamiento médico y psicológico completo haya o no evidencia de lesión física. Esto incluye un examen forense (comúnmente conocido como equipo de violación o “rape kit”) administrado por un/a enfermero/a entrenado/a en Asalto Sexual Forense. En lenguaje militar, esto se le conoce como un “examen SANE.”[6]
  5. Usted tiene el derecho a una  evaluación de seguridad realizada por un SARC/SAPR VA u otro individuo cuya participación en la evaluación no fuera a activar un Reporte No Restringido.[7]
  6. Usted tiene el derecho a representación legal gratis.[8] Usted también tiene el derecho a obtener asesoramiento civil independiente para que lo represente durante su caso. Si está interesado en obtener un abogado civil, POD ofrece un programa de servicio legal pro bono en el cual puede aplicar aquí.
  7. Usted tiene el derecho a ser notificado de sus derechos tan pronto reporte el incidente.
    1. Un/a coordinador/a de respuesta de Acoso Sexual (SARC), un/a defensor de respuesta y prevención de Acoso Sexual (SAPR VA), u otra oficina va a proporcionarle con una lista preliminar de sus derechos y con información sobre el proceso para hacer un reporte:
      1. La disponibilidad de servicios médicos y sociales de emergencia y servicios de apoyo hacia víctimas
      2. información sobre compensación u otro tipo de ayuda y como poder solicitarla.
      3. información sobre programas públicos y privados que están disponibles que ofrecen asesoramiento, tratamiento, y otro tipo de ayuda, incluyendo compensación por medio de agencias federales, estatales y locales.
      4. información sobre cómo obtener medidas y arreglos para recibir protección de amenaza, daño o intimidación de un presunto agresor.
      5. información sobre su derecho a solicitar una orden de protección militar o civil, según sea apropiado. 
      6. información sobre el proceso de justicia criminal militar, el rol de las víctimas en el proceso, y como la víctima puede obtener información adicional sobre el proceso y el caso.[9]
  8. Tiene el derecho a presentar cargos en el tribunal militar en contra del agresor haciendo un Reporte No Restringido.[10]
  9. Tiene el derecho a estar protegido del agresor solicitando una orden civil de restricción, una orden de protección militar (MPO), o albergue temporal si su seguridad es una preocupación suya y el agresor es liberado antes del juicio.
    1. NOTA: Las autoridades civiles fuera de base NO pueden ejercer o hacer cumplir un MPO. Las víctimas que desean protección fuera de base deben buscar una orden de protección civil (CPO) dentro de su jurisdicción local.[11]

Sus derechos durante la investigación militar:

  1. Usted tiene el derecho a estar actualizado del progreso de la investigación, incluyendo el arresto del presunto agresor y/o la decisión de no seguir con la investigación.[12]
  2. Usted tiene el derecho a ser notificado con anticipación sobre las audiencias públicas preliminares, audiencias de confinamiento antes del juicio, y procesos judiciales.[13]
  3. Usted tiene el derecho a consultar con el fiscal (consejero legal) sobre una decisión de no procesar al agresor, el confinamiento antes del juicio del acusado, y una explicación sobre el proceso del tribunal militar.[14]
  4. Usted tiene el derecho a estar presente y ser escuchado en la audiencia de confinamiento previa al juicio. Esto puede ser por medio del teléfono, por videoconferencia, por una declaración escrita, o por medio de su SVC/VLC o un consejero privado.[15]
  5. Usted tiene el derecho a estar presente y/o declinar declarar en una audiencia previa al juicio (Artículo 32). Usted puede llegar a ser excluido sólo si el oficial de la audiencia decide que su testimonio puede ser influenciado por acudir a la audiencia.[16]
  6. Usted tiene el derecho a tener protegido su historial médico y sexual durante la audiencia antes del juicio. [17]
  7. Usted tiene el derecho a solicitar una copia de la transcripción de la audiencia (Artículo 32).[18]

Sus derechos durante el tribunal militar y el proceso de sentencia:

  1. Usted tiene el derecho a ser notificado sobre la condena, sentencia, encarcelamiento, la revisión de apelación de la Autoridad Convocante, y la liberación del agresor. [19]
  2. Usted tiene el derecho a estar presente en el tribunal militar. Usted puede llegar a ser excluido sólo si el juez decide que su testimonio puede ser influenciado al acudir al tribunal. [20]
  3. Usted tiene el derecho a ser escuchado por la corte durante la audiencia previa al juicio, incluyendo su testimonio de cómo el crimen lo ha afectado (cualquier tipo de daño emocional, físico o financiero que haya sufrido). Usted puede hacer su declaración en persona o en escrito. El juez debe aprobar el contenido de su declaración antes de presentarla en el tribunal militar. [21]
  4. Usted tiene el derecho a tener protegido su historial de salud mental e historia sexual de la audiencia pública.[22]
  5. Usted tiene el derecho a procesos libres de retrasos irrazonables.[23]
  6. Usted tiene el derecho a solicitar restitución como condición de un acuerdo antes del juicio para declararse culpable, o como una condición de clemencia o libertad condicional. [24]
  7. Usted tiene el derecho a acomodamientos durante el proceso del tribunal militar incluyendo apoyo con el transporte, estacionamiento, cuidado de niño, alojamiento, y traductores/intérpretes, si es necesario.  Si el tribunal militar va a efectuarse en otro país al que usted reside, usted debe tener disponible transporte si va a declarar en el juicio.[25]
  8. Usted tiene el derecho a ser notificado de la sentencia e información   general sobre la fecha mínima de liberación, libertad condicional, clemencia, y liberación mandatoria supervisada, cuando corresponda.[26]

Sus derechos después del tribunal militar:

  1. Usted tiene el derecho a estar informado de los procesos y derechos posteriores al juicio.[27]
  2. Usted tiene el derecho a solicitar una transcripción del juicio.[28]
  3. Usted tiene el derecho a presentar una declaración escrita a la autoridad convocante después que la sentencia haya sido anunciada durante el tribunal militar. La autoridad convocante va finalmente a determinar si impone la sentencia originalmente recomendada o reducirla. La autoridad convocante no puede anular una decisión que encuentra al agresor culpable en casos de abuso sexual o dictar una sentencia mas severa de la que fue recomendada en el tribunal militar.[29]
  4. Usted tiene el derecho a ser notificado de las acciones del autoridad convocante, incluyendo una reducción de sentencia.[30]
  5. Usted tiene el derecho a ser notificado sobre el lugar de confinamiento del agresor, incluyendo el transfiero a otra instalación, liberación condicional, un escape, liberación del confinamiento, o muerte durante el confinamiento.[31]
  6. Usted tiene el derecho a ser notificado sobre audiencias de liberación y la liberación del agresor.[32]
  7. Usted tiene el derecho a ser notificado sobre acciones de apelación, incluyendo la notificación con antelación de la fecha y hora de cualquier audiencia de apelación, y de la decisión final de cualquier corte de apelación o revisión de un juez auditor.[33]
  8. Usted tiene el derecho a estar presente y escuchar las audiencias de liberación.[34]
  9. Usted tiene el derecho que se le regrese cualquier propiedad suya utilizada como evidencia lo más pronto posible.[35]
  10. Usted tiene el derecho a solicitar una Compensación Transicional si el agresor es un padre/madre o un cónyuge y es condenado por abuso sexual o físico.[36]

Protect Our Defenders ofrece un Programa de Servicios Legales gratis

Solicite ayuda aquí

 

Footnotes & Sources

[1] DOD MOU 938(c)(2) (1984); R.C.M. 201(d)(1); R.C.M. 201(d)(2)

[2] Department of Defense Instruction 6495.02

[3] Department of Defense Instruction 6495.02

[4] Department of Defense Health Information Privacy Regulation 6025.18-R

[5] Department of Defense Instruction 6495.02 Enclosure 2

[6] Department of Defense Instruction 6495.02

[7] Department of Defense Instruction 6495.02

[8] Department of Defense Instruction 6495.02

[9] DD Form 2701; DOD Instruction 1030.2

[10] DOD Instruction 1030.2

[11] DD Form 2701

[12] DOD Instruction 1030.2

[13] DOD Victim Bill of Rights

[14] DOD Victim Bill of Rights

[15] DOD Victim Bill of Rights; R.C.M. 305(i)(2)(A)(iv)

[16] DOD Victim Bill of Rights; DD Form 2702

[17] M.R.E. 412

[18] R.C.M. 405(k)(5)

[19] DOD Victim Bill of Rights

[20] DOD Victim Bill of Rights; DD Form 2702

[21] DD Form 2702; R.C.M. 1001(c)

[22] M.R.E. 412; M.R.E. 513

[23] DOD Victim Bill of Rights

[24] DOD Victim Bill of Rights

[25] DOD Instruction 1030.2

[26] DOD Instruction 1030.2

[27] DOD Instruction 1030.2

[28] DD Form 2703

[29] DOD Victim Bill of Rights; 10 U.S.C. § § 859-876; R.C.M 1106A

[30] DD Form 2703

[31] DD Form 2703

[32] DD Form 2702

[33] DD Form 2703

[34] DOD Victim Bill of Rights

[35] DD Form 2703

[36] DD Form 2701